Líneas de crédito

Reglamento de Crédito

1. CRÉDITO ORDINARIO: Es el crédito que se le otorga al asociado y cuya destinación es libre inversión.

2. CRÉDITO CALAMIDAD DOMÉSTICA Y SALUD: Son créditos para cubrir necesidades producidas por hechos fortuitos. Tales como Hospitalización, Cirugía, tratamientos médicos u odontológicos, compra de medicina, Incendios, Terremotos, Inundaciones, Muerte y otros Que afecten la vida y salud del asociado y su familia.

3. CRÉDITO DE TURISMO: Bajo esta modalidad de crédito, se le financia al asociado viajes aéreos y terrestres, paquetes turísticos, excursiones entre otros.

4. CRÉDITO CULTURAL: Bajo esta modalidad de crédito, se le financia al asociado eventos culturales y de esparcimiento, como conciertos, teatros, eventos deportivos y/o recreativos de reconocida calidad.

5. CRÉDITO EDUCATIVO: Bajo esta modalidad de crédito, se le financia al asociado el pago de estudios, compra de uniformes y textos escolares, para él y su grupo familiar.

6. CRÉDITO INMEDIATO O DE GERENCIA: Son créditos de desembolso inmediato para pagar a corto plazo en 6 meses.
Para hacer uso de este no debe tener comprometida esta línea.

El nuevo crédito de gerencia se efectuara solo cuando hayan pasado 8 días de haber pagado el crédito anterior. El incumplimiento de esta línea genera una sanción de 3 meses o sanción indefinida según las reincidencias. El cupo máximo será 1 SMLV. No aplica Refinanciación.

7. CRÉDITO DE VEHICULO: Bajo esta modalidad de crédito, se le financia al asociado la adquisición de vehículo (automóvil ó moto) nuevo o usado.

8. CRÉDITO EXTRAORDINARIO: Esta línea de crédito tendrá por objeto prestar dineros a los asociados para ser destinados a actividades no reglamentadas en las demás líneas de crédito.

9. CRÉDITO DE VIVIENDA: Es el crédito que se le otorga al asociado para cuota inicial adquisición vivienda, reformas de vivienda nueva o usada, dotación vivienda, gastos escritura, hipoteca o deshipoteca, notariales, pago deuda, en vivienda propia o familiar, hasta un monto de 15 SMLV, plazo máximo 7 años. No aplica para compra de lotes.

10. CREDITO DE MERCANCIA: Es el crédito que se le otorga al asociado y cuya destinación es para la compra de mercancías por convenio.

11. ANTICIPO DE PRIMAS: Será aquel crédito que se concederá por todas las primas a las que tenga derecho el asociado en la vigencia del año en curso. Se otorgará en orden cronológico en el cual espera recibir dichas primas y deberá ser efectivamente recaudada a través de la respectiva autorización de descuento por nómina para hacer uso del siguiente anticipo de prima.
Es requisito indispensable no tener comprometida esta prima con otra institución.

12. SOAT. Es el crédito que se otorga al asociado y grupo familiar para adquirir seguro obligatorio de accidentes de tránsito.

13. UNIFICACION DE DEUDAS: Es el crédito que se otorga al asociado para que cancele saldos de deudas que tenga con otras entidades por libre inversión y tarjetas de crédito, hasta un monto de 26 SMLV.

Monto de los créditos

Se entenderá por monto el valor del crédito al cual el asociado tendrá derecho dependiendo del valor de sus ahorros permanentes, aportes, salario, garantías y duración del contrato.

En el otorgamiento del cupo de crédito, se tendrá en cuenta en base a dos (2) veces el valor que tenga en el ahorro permanente y aporte social más dos (2) veces el salario básico mensual menos las deudas.

La solicitud de crédito que supere este monto, para su aprobación se analizará el riesgo, solvencia, capacidad de pago y garantías personales y reales.
Todo nuevo asociado podrá solicitar crédito en el mismo mes de haberse vinculado y pagado los primeros aportes al FONDO DE EMPLEADOS.

Si el asociado no tiene el Ahorro permanente ni el aporte mínimo requerido para hacer uso del crédito deseado, podrá acordar pignoración del ahorro voluntario, primas, cesantías, codeudor, prenda, hipoteca a para respaldar el monto solicitado.

El asociado podrá hacer uso de varias líneas de crédito, siempre y cuando la sumatoria de dichos préstamos esté supeditada al cupo (monto), capacidad de pago y garantías.

Requisitos solicitud de crédito

  1. Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones económicas.
  2. Diligenciar solicitud de crédito vigente expedida por Fedan.
  3. Anexar 2 colillas o comprobante de pago.
  4. Contar con capacidad de pago, solvencia, liquidez y garantías necesarias.
  5. Firmar orden de deducción por nómina (libranza).
  6. Firma pagaré y carta de instrucciones
  7. Autorización consulta y reporte en las centrales de riesgo.
  8. Actualización permanente de datos, en formato actualización de datos.
  9. Declaración estado de salud según formato vigente de la aseguradora.
  10. El servicio de crédito se adquiere a partir del mes de la vinculación.
  11. Aportar los documentos idóneos que justifiquen el destino de los créditos.

Requisitos específicos líneas de crédito

Educación: Recibo matricula, el respectivo recibo de consignación ó Fedan realiza la transferencia directamente a la institución educativa.

Reforma para vivienda o trámites legales: Según el caso, diligenciar formato para legalización anexando recibos de pago relacionados con este destino, anexar predial, certificado de libertad de vivienda familiar o propia para la que se destina el recurso, promesa de compra venta del respectivo inmueble, presupuesto de construcción ó certificado expedido por la entidad que gerencia el proyecto de vivienda. Para pago de deudas Certificado de deuda de este destino.

Calamidad y salud: Aportar las facturas con sus recibos de pago a nombre del asociado por los conceptos definidos para este destino ó FEDAN las pagará directamente al proveedor.

Mercancía: Aportar las facturas con sus recibos de pago a nombre del asociado por los conceptos definidos para este destino ó FEDAN las pagará directamente al proveedor.

Vehículo: Avalúo del seguro del vehículo, Cotización, Consulta Fasecolda.

Soat: Aportar matricula propiedad de vehículo para que directamente tramite el seguro con la Aseguradora.

Unificación de Deudas: Aportar extractos o certificado de deuda vigentes. El desembolso se hará directamente a la entidad financiera. En caso de transferir a la cuenta del asociado, deberá aportar los comprobantes de pago y los respectivos paz y salvos de deudas.

Codeudor Externo Dependiente: Trabajar en una empresa legalmente constituida y tener más de un año de ser empleado con contrato indefinido, certificación laboral no mayor a 30 días de expedida, certificado de ingresos y retenciones, 2 colillas de pago, no estar reportado en central de riesgos, fotocopia de la cédula al 150% con huella.

Codeudor Externo Independiente: Certificado de ingresos expedido por contador, 2 Extractos Bancarios, Declaración Renta, Balances, no estar reportado en central de riesgos, fotocopia de la cédula al 150% con huella.

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