Dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley estatutaria 1581 de 2012 y a su Decreto Reglamentario 1377 de 2013, el Fondo de Empleados del Deporte Antioqueño – FEDAN adopta la presente política para el tratamiento de datos personales, la cual será informada a todos los titulares de los datos recolectados o que en el futuro se obtengan en el ejercicio de las actividades financieras, culturales, comerciales o laborales.
De esta manera, el Fondo de Empleados del Deporte Antioqueño – FEDAN manifiesta que garantiza los derechos de la privacidad, la intimidad, el buen nombre y la autonomía, en el tratamiento de los datos personales, y en consecuencia todas sus actuaciones se regirán por los principios de legalidad, finalidad, libertad, veracidad o calidad, transparencia, acceso y circulación restringida, seguridad y confidencialidad.
Todas las personas que en desarrollo de diferentes actividades financieras, culturales, contractuales, comerciales, laborales, entre otras, sean permanentes u ocasionales, llegaran a suministrar al Fondo de Empleados del Deporte Antioqueño – FEDAN, cualquier tipo de información o dato personal, podrá conocerla, actualizarla y rectificarla.
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MANUAL DE POLÍTICAS WEB
Fecha: Diciembre de 2016
Base legal y ámbito de aplicación
La política de tratamiento de la Información se desarrolla en cumplimiento de los artículos 15 y 20 de la Constitución Política; de los artículos 17, literal k), y 18, literal, f), de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la Protección de Datos Personales” (en adelante LEPD); y del artículo 13 del Decreto 1377 de 2013, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”.
Esta política será aplicable a todos los datos personales registrados en bases de datos que sean objeto de tratamiento por el responsable del tratamiento.
De acuerdo al artículo 9 de la LEPD, para el tratamiento de datos personales se requiere la autorización previa e informada del Titular. Mediante la aceptación de la presente política, todo Titular que facilite información relativa a sus datos personales está consintiendo el tratamiento de sus datos por parte de FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN en los términos y condiciones recogidos en la misma.
No será necesaria la autorización del Titular cuando se trate de:
El responsable del tratamiento de las bases de datos objeto de esta política es de FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN, cuyos datos de contacto son los siguientes:
FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN, en el desarrollo de su actividad empresarial, lleva a cabo el tratamiento de datos personales relativos a personas naturales que están contenidos y son tratados en bases de datos destinadas a finalidades legítimas, cumpliendo con la Constitución y la Ley.
La siguiente tabla (Tabla I) presenta las distintas bases de datos que manejan la empresa y las finalidades asignadas a cada una de ellas.
Tabla I. Bases de datos y finalidades | |
Base de datos | Finalidad |
Empleados | Recursos humanos; gestión de nóminas; gestión contable, fiscal y administrativa; historial clínico; análisis de perfiles; otras finalidades |
Asociados | Propósitos comerciales; información sobre comportamiento y crédito comercial; gestión contable, fiscal y administrativa. |
Proveedores | Gestión contable, fiscal y administrativa; otras finalidades |
El sistema de navegación y el software necesario para el funcionamiento de esta página Web recogen algunos datos personales, cuya transmisión se haya implícita en el uso los protocolos de comunicación de Internet.
Por su propia naturaleza, la información recogida podría permitir la identificación de usuarios a través de su asociación con datos de terceros, aunque no se obtenga para ese fin. En esta categoría de datos se encuentran, la dirección IP o el nombre de dominio del equipo utilizado por el usuario para acceder a la página web, la dirección URL, la fecha y hora y otros parámetros relativos al sistema operativo del usuario.
Estos datos se utilizan con la finalidad exclusiva de obtener información estadística anónima sobre el uso de la página Web o controlar su correcto funcionamiento técnico, y se cancelan inmediatamente después de ser verificados.
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De acuerdo con el artículo 8 de la LEPD y los artículos 21 y 22 del Decreto 1377 de 2013, los Titulares de los datos pueden ejercer una serie de derechos en relación al tratamiento de sus datos personales. Estos derechos podrán ejercerse por las siguientes personas.
Los derechos de los niños, niñas o adolescentes se ejercerán por las personas que estén facultadas para representarlos.
Los derechos del Titular son los siguientes:
JIMENA CATAÑO AGUDELO con C.C. No. 43.573.969, de FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN será el encargado de la atención de peticiones, consultas y reclamos ante la cual el Titular de los datos puede ejercer sus derechos. Teléfono:5200890 ext 4000 Correo electrónico: fedan253@gmail.com
10.1. Derecho de acceso o consulta
Según el artículo 21 del Decreto 1377 de 2.013, el Titular podrá consultar de forma gratuita sus datos personales en dos casos:
Para consultas cuya periodicidad sea mayor a una por cada mes calendario, FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN solamente podrá cobrar al Titular los gastos de envío, reproducción y, en su caso, certificación de documentos. Los costos de reproducción no podrán ser mayores a los costos de recuperación del material correspondiente. Para tal efecto, el responsable deberá demostrar a la Superintendencia de Industria y Comercio, cuando ésta así lo requiera, el soporte de dichos gastos.
El Titular de los datos puede ejercitar el derecho de acceso o consulta de sus datos mediante un escrito dirigido a FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN enviado al correo electrónico fedan253@gmail.com, indicando en el Asunto, “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a la dirección Cl.48 No.70-180 de la ciudad de Medellin. La solicitud deberá contener los siguientes datos:
El Titular podrá elegir una de las siguientes formas de consulta de la base de datos para recibir la información solicitada:
Una vez recibida la solicitud, FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO– FEDAN resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. Estos plazos están fijados en el artículo 14 de la LEPD.
Una vez agotado el trámite de consulta, el Titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
10.2. Derechos de quejas y reclamos
El Titular de los datos puede ejercitar los derechos de reclamo sobre sus datos mediante un escrito dirigido a FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO– FEDAN enviado al correo electrónico fedan253@gmail.com indicando en el Asunto, “Ejercicio del derecho de acceso o consulta”, o a través de correo postal remitido a la dirección Cl.48 No.70-180 de la ciudad de Medellin. La solicitud deberá contener los siguientes datos:
Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción del reclamo para que subsane las fallas. Transcurridos dos (2) meses desde la fecha del requerimiento, sin que el solicitante presente la información requerida, se entenderá que ha desistido del reclamo.
Una vez recibido el reclamo completo, se incluirá en la base de datos una leyenda que diga “reclamo en trámite” y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda deberá mantenerse hasta que el reclamo sea decidido.
FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN resolverá la petición de consulta en un plazo máximo de quince (15) días hábiles contados a partid de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender al reclamo dentro de dicho término, se informará al interesado los motivos de la demora y la fecha en que se atenderá su reclamo, la cual en ningún caso podrá superar los ocho (8) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término.
Una vez agotado el trámite de reclamo, el Titular o causahabiente podrá elevar queja ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN, con el fin de cumplir con el principio de seguridad consagrado en el artículo 4 literal g) de la LEPD, ha implementado medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para garantizar la seguridad a los registros evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Por otra parte, de FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN, mediante la suscripción de los correspondientes contratos de transmisión, ha requerido a los encargados del tratamiento con los que trabaja, la implementación de las medidas de seguridad necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de la información en el tratamiento de los datos personales.
A continuación, se exponen las medidas de seguridad implantadas por FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN que están recogidas y desarrolladas en su Manual Interno de Seguridad (Tablas II, III, IV y V).
Tabla II. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) y bases de datos (automatizadas, no automatizadas) | |||||||||||
Gestión de documentos y soportes | Control de acceso | Incidencias | Personal | Manual Interno de Seguridad | |||||||
1. Medidas que eviten el acceso indebido o la recuperación de los datos que han sido descartados, borrados o destruidos. 2. Acceso restringido al lugar donde se almacenan los datos. 3. Autorización del responsable para la salida de documentos o soportes por medio físico o electrónico. 4. Sistema de etiquetado o identificación del tipo de información. 5. Inventario de soportes. | 1. Acceso de usuarios limitado a los datos necesarios para el desarrollo de sus funciones. 2. Lista actualizada de usuarios y accesos autorizados. 3. Mecanismos para evitar el acceso a datos con derechos distintos de los autorizados. 4. Concesión, alteración o anulación de permisos por el personal autorizado | 1. Registro de incidencias: tipo de incidencia, momento en que se ha producido, emisor de la notificación, receptor de la notificación, efectos y medidas correctoras. 2. Procedimiento de notificación y gestión de incidencias. | 1. Definición de las funciones y obligaciones de los usuarios con acceso a los datos 2. Definición de las funciones de control y autorizaciones delegadas por el responsable del tratamiento. 3. Divulgación entre el personal de las normas y de las consecuencias del incumplimiento de las mismas | 1. Elaboración e implementación del Manual de obligatorio cumplimiento para el personal. 2. Contenido mínimo: ámbito de aplicación, medidas y procedimientos de seguridad, funciones y obligaciones del personal, descripción de las bases de datos, procedimiento ante incidencias, procedimiento de copias y recuperación de datos, medidas de seguridad para el transporte, destrucción y reutilización de documentos, identificación de los encargados del tratamiento. | |||||||
Tabla III. Medidas de seguridad comunes para todo tipo de datos (públicos, semiprivados, privados, sensibles) según el tipo de bases de datos | |||||
Bases de datos no automatizadas | Bases de datos automatizadas | ||||
Archivo | Almacenamiento de documentos | Custodia de documentos | Identificación y autenticación | Telecomunicaciones | |
1. Archivo de documentación siguiendo procedimientos que garanticen una correcta conservación, localización y consulta y permitan el ejercicio de los derechos de los Titulares. | 1. Dispositivos de almacenamiento con mecanismos que impidan el acceso a personas no autorizadas. | 1. Deber de diligencia y custodia de la persona a cargo de documentos durante la revisión o tramitación de los mismos. | 1. Identificación personalizada de usuarios para acceder a los sistemas de información y verificación de su autorización. 2. Mecanismos de identificación y autenticación; Contraseñas: asignación, caducidad y almacenamiento cifrado. | 1. Acceso a datos mediante redes seguras. | |
Tabla IV. Medidas de seguridad para datos privados según el tipo de bases de datos | |||||||
Bases de datos automatizadas y no automatizadas | Bases de datos automatizadas | ||||||
Auditoría | Responsable de seguridad | Manual Interno de Seguridad | Gestión de documentos y soportes | Control de acceso | Identificación y autenticación | Incidencias | |
1. Auditoría ordinaria (interna o externa) cada dos meses. 2. Auditoría extraordinaria por modificaciones sustanciales en los sistemas de información. 3. Informe de detección de deficiencias y propuesta de correcciones. 4. Análisis y conclusiones del responsable de seguridad y del responsable del tratamiento. 5. Conservación del Informe a disposición de la autoridad. | 1. Designación de uno o varios responsables de seguridad. 2. Designación de uno o varios encargados del control y la coordinación de las medidas del Manual Interno de Seguridad. 3. Prohibición de delegación de la responsabilidad del responsable del tratamiento en el responsable de seguridad. | 1. Controles periódicos de cumplimiento | 1. Registro de entrada y salida de documentos y soportes: fecha, emisor y receptor, número, tipo de información, forma de envío, responsable de la recepción o entrega | 1. Control de acceso al lugar o lugares donde se ubican los sistemas de información. | 1. Mecanismo que limite el número de intentos reiterados de acceso no autorizados. | 1. Registro de los procedimientos de recuperación de los datos, persona que los ejecuta, datos restaurados y datos grabados manualmente. 2. Autorización del responsable del tratamiento para la ejecución de los procedimientos de recuperación. | |
Tabla V. Medidas de seguridad para datos sensibles según el tipo de bases de datos | |||||||
Bases de datos no automatizadas | Bases de datos automatizadas | ||||||
Control de acceso | Almacenamiento de documentos | Copia o reproducción | Traslado de documentación | Gestión de documentos y soportes | Control de acceso | Telecomunicaciones | |
1. Acceso solo para personal autorizado. 2. Mecanismo de identificación de acceso. 3. Registro de accesos de usuarios no autorizados. | 1. Archivadores, armarios u otros ubicados en áreas de acceso protegidas con llaves u otras medidas. | 1. Solo por usuarios autorizados. 2. Destrucción que impida el acceso o recuperación de los datos. | 1. Medidas que impidan el acceso o manipulación de documentos. | 1. Sistema de etiquetado confidencial. 2. Cifrado de datos. 3. Cifrado de dispositivos portátiles cuando salgan fuera. | 1. Registro de accesos: usuario, hora, base de datos a la que accede, tipo de acceso, registro al que accede. 2. Control del registro de accesos por el responsable de seguridad. Informe mensual. 3. Conservación de los datos: 2 años. | 1. Transmisión de datos mediante redes electrónicas cifradas. | |
“En los casos no contemplados como excepción, corresponderá a la Superintendencia de Industria y Comercio proferir la declaración de conformidad relativa a la transferencia internacional de datos personales. El Superintendente está facultado para requerir información y adelantar las diligencias tendentes a establecer el cumplimiento de los presupuestos que requiere la viabilidad de la operación.
Las transmisiones internacionales de datos personales que se efectúen entre un responsable y un encargado para permitir que el encargado realice el tratamiento por cuenta del responsable, no requerirán ser informadas al Titular ni contar con su consentimiento, siempre que exista un contrato de transmisión de datos personales.”
Las bases de datos responsabilidad de la FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN serán objeto de tratamiento durante el tiempo que sea razonable y necesario para la finalidad para la cual son recabados los datos. Una vez cumplida la finalidad o finalidades del tratamiento, y sin perjuicio de normas legales que dispongan lo contrario. La FONDO DE EMPLEADOS DEL DEPORTE ANTIOQUEÑO- FEDAN procederá a la supresión de los datos personales en su posesión salvo que exista una obligación legal o contractual que requiera su conservación. Por todo ello, dicha base de datos ha sido creada sin un periodo de vigencia definido.
La presente política de tratamiento permanece vigente desde Diciembre de 2016.